Morelia, Michoacán.- Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible, establece el adicionado cuarto párrafo del artículo 2° de la Constitución Política del Estado de Michoacán, que el Congreso del estado aprobó en el Pleno. Al haber sido aprobado en sesión ordinaria, se ordenó remitir a los ayuntamientos y concejos municipales del estado la Minuta con proyecto de decreto, para que en el término de un mes después de recibida envíen al Congreso local el resultado de su votación. Una vez